ASAMBLEA UNIVERSITARIA .
El Art. 145° del Estatuto de la UNSAAC define las funciones de este órgano de gobierno. Se reúne en sesión ordinaria una vez por semestre y de manera extraordinaria por iniciativa del Rector a pedido de los integrantes del Consejo Universitario o de más de la mitad de la Asamblea Universitaria.
Está compuesta por :
- El Rector.
- Los Vice Rectorados:
- Vicerectorado Académico
- Vicerectorado Administrativo.
- Los Decanos.
- El Director de la Escuela de Post Grado.
- Los representantes de los docentes en número igual al doble de la suma del número de autoridades universitarias elegidas de todas y cada una de las facultades, en la proporción de 50% de docentes Principales, 30% de Asociados y 20% de Auxiliares.
- Los representantes de los estudiantes , que constituyen el tercio del número total de los miembros de la Asamblea Universitaria.
- Los representantes de los graduados, en número no mayor al de la mitad del número de los Decanos. Hasta la fecha, a pesar de estar estatuido no tienen representación.
Además, asisten algunos funcionarios administrativos (docentes y personal administrativo), unos de manera permanente como el Secretario General de la Universidad y el Asesor Legal, y otros, cuando son requeridos por la Asamblea Universitaria, con voz pero sin voto.
Durante el ejercicio 2004, la Asamblea Universitaria estuvo representada por los siguientes miembros:
- Rector
- Vice Rector Académico
- Vice Rector Administrativo