VICE RECTORADO ACADÉMICO.
El Vice Rector Académico al igual que el Rector, es elegido por un período de 5 años.
El artículo 182° del Estatuto estipula las funciones de este Vice Rectorado. Dentro de esta definición de funciones, Las oficinas que dependen de esta dependencia son:
El Vice Rectorado Académico, es la dependencia que administra, gestiona, regula la vida académica de la Universidad, elabora, propone y ejecuta el planeamiento de la Universidad en base a la información de los organismos académicos, así como evalúa el funcionamiento de las Facultades, Carreras Profesionales, Escuela y Secciones de Post-Grado, Departamentos Académicos, Consejo, Institutos, Centros de Investigación, Centros de Proyección Social y demás unidades académicas, colaborando de esta manera con el Rector, en las diferentes áreas de su competencia.
Finalidad:
Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las funciones académicas de la institución y el desempeño de sus respectivos órganos de ejecución y apoyo.
Funciones:
- Coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades acad6eacute;micas de la institución
- Velar permanentemente porque la ejecución de las actividades y servicios académicos alcancen niveles óptimos
- Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de las unidades de todo nivel
- Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los servicios académicos
- Emitir normas para orientar el funcionamiento de las unidades, servicios y actividades
MSc. LAURO ENCISO RODAS
VICE RECTOR Académico de la Universidad Nacional
de San Antonio Abad del Cusco.
e-mail: vrac
unsaac.edu.pe