Conforme a lo dispuesto por los artulos 108 y 109 del Estatuto de la UNSAAC, el traslado interno es el cambio de registro en Carrera Profesional de un estudiante dentro de una Facultad o de una Facultad a otra.
El número de vacantes para el traslado interno de estudiantes dentro de una misma Facultad, estaren el rango del 2 al 5 % del número de vacantes señaladas por la Facultad para la Carrera Profesional en el Concurso de Admisión respectivo.
Los estudiantes que deseen tramitar traslado interno de una Carrera Profesional a otra dentro de la misma Facultad, lo harán luego de haber aprobado dos semestres lectivos o 40 créditos.
El número de vacantes para traslado interno de una Carrera Profesional a otra, entre diferentes facultades estará en el rango del 2 al 5 % de las vacantes señaladas por la Facultad para la Carrera Profesional en el Concurso de Admisión respectivo.
Los estudiantes que deseen hacer su traslado interno de una Carrera Profesional a otra, entre diferentes facultades, lo harán habiendo aprobado sesenta (60) créditos o tres semestres lectivos.
El recurrente deberá presentar los siguientes documentos por Mesa de partes:
- Solicitud en Formato Único de Trámite (presentar en Mesa de Partes de la Facultad de acuerdo al Calendario de Actividades Académicas).
- Certificado de Estudios Originales, que acredite haber aprobado dos semestres lectivos ó 40 créditos (Traslado Interno de una Carrera Profesional a otra dentro de la misma Facultad), y tres semestres lectivos ó 60 créditos (Traslado Interno de una Carrera Profesional a otra, entre diferentes Facultades).
- Recibo de Pago en Caja de acuerdo a las Tasas de Servicios Educativos.
El traslado externo es la autorización de registro en la UNSAAC de estudiantes procedentes de otras universidades del país a Carreras Profesionales similares de la UNSAAC, salvo el caso de estudiantes que proceden de una Facultad de estudios generales o su equivalente. Este proceso se efectuará sólo en el período del Primer Concurso de Admisión de cada Año Académico.
Para el traslado externo nacional, el recurrente deberá presentar por Mesa de Partes los siguientes documentos:
Los estudiantes que procedan de universidades extranjeras y que soliciten traslado a la UNSAAC, deberán presentar por Mesa de Partes los siguientes documentos: