ATRIBUCIONES DEL SEÑOR RECTOR

DR. GERMAN ZECENARRO MADUEÑO
Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco

Conforme al Art. 177 del Estatuto Universitario son atribuciones del señor Rector:

  • El cumplimiento de las normas constitucionales sobre la Universidad; la Ley Nº 23733, el Estatuto Universitario, los Reglamentos y demás disposiciones de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco.
  • Presidir el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria y hacer cumplir sus acuerdos.
  • Convocar a la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario a reuniones ordinarias y extraordinarias.
  • Presentar al Consejo Universitario para su aprobación el Plan de Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad, y ante la Asamblea Universitaria su memoria anual.
  • Refrendar los diplomas de grados académicos y títulos profesionales y de distinciones universitarias conferidas por el consejo Universitario a nombre de la Nación.
  • Expedir las cédulas de cesantes, jubilación y montepío del personal docente y administrativo de la Universidad.
  • Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera.
  • Presentar al Consejo Universitario el Presupuesto consolidado de la Universidad, propuesto por las Facultades y demás reparticiones.
  • Cumplir y hacer cumplir el Plan de Desarrollo y el Plan de Funcionamiento Anual de la Universidad, aprobados por la Asamblea Universitarias.
  • Proponer al Consejo Universitario la Constitución de las misiones consideradas en el Estatuto de la Universidad y de aquellas que sean necesarias.
  • Autorizar los gastos que debe efectuar la Universidad.
  • Autorizar los avisos y publicaciones de la Universidad.
  • Hacer cumplir las normas para el uso de la liberación de aduana, franquicia postal y otras establecidas por Ley.
  • Representar a la Universidad ante la Asamblea Nacional de Rectores, el Consejo Regional de Rectores, las Autoridades de la República y entidades Nacionales y Extranjeras.
  • Delegar funciones a los Vicerrectores para lograr una eficaz administración universitaria.
  • Proponer al Consejo Universitario el nombramiento del Secretario General de la Universidad.
  • Delegar funciones a los Decanos de las Facultades para los efectos de las graduaciones y titulaciones académicas.
  • Ejercer las funciones del Titular del Pliego Presupuestal.
  • Autorizar las convocatorias a concurso para proveer los cargos administrativos de la Universidad.
  • Sancionar al personal directivo, docente administrativo, de servicio y alumnado, de conformidad al Estatuto, disposiciones legales o reglamentos vigentes.
  • Conceder licencias al personal docente y administrativo y de servicio conforme a Ley.
  • Las demás que otorgue la Ley y el presente Estatuto.