
ELECCIÓN DEL SEÑOR RECTOR
De acuerdo al Estatuto Universitario, el señor Rector es el personero, representante Legal y Autoridad Ejecutiva de la Universidad. La elección como Rector es por el término de 5 años y no puede ser reelegido para el periodo inmediato siguiente. Este cargo es a dedicación exclusiva e incompatible con toda otra función o empleo público o privado y queda liberado de toda actividad de carácter lectivo. Su elección requiere de la mitad más uno de los votos de los miembros integrantes de la Asamblea Universitaria.
Para ser elegido como Rector se requiere:
- Ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio; y tener más de 35 años.
- Ser profesor Principal Ordinario a Dedicación Exclusiva a Tiempo Completo de la Universidad, con no menos de 12 años en la docencia universitaria, de los cuales 5 deben serlo en la Categoría. No es necesario que sea miembro de la Asamblea Universitaria.
- Tener el Grado de Doctor o el más alto título profesional cuando en el País no se otorgue aquel grado académico en su especialidad.
Mediante Resolución N° AU-004-2006-UNSAAC, de fecha 17 de noviembre de 2006, El Dr. Víctor Raúl Aguilar Callo, es nombrado como Rector de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco a partir del 17 de noviembre de 2006 y por el período de cinco (05) años.