AUTORIDADES

RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO- UNSAAC

DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTE 

El Rector es el personero y representante legal de la UNSAAC. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno Universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la Ley N° 30220 Ley Universitaria y del Estatuto.

MENSAJE DEL SEÑOR RECTOR

La Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco, tiene un sitial bien merecido en la capital histórica del Perú, patrimonio cultural de la humanidad, en sus más de trecientos años de vida institucional ha forjado profesionales de primer nivel a lo largo del tiempo estando siempre a la vanguardia de todo acontecimiento importante, su participación siempre fue significativa sobre todo cuando se tiene que luchar por la humanidad, la libertad y el desarrollo social. Podemos mencionar la gran participación que tuvieron los antonianos en el proceso libertario hoy camino al Bicentenario de la Independencia Peruana, citamos a los hermanos Angulo quienes forjaron un alzamiento netamente nacionalista siendo está considerada como una verdadera lucha independentista desde el corazón de américa el QOSQO.

La San Antonio, fue el centro de grandes cambios y aportes a la conciencia universitaria, aquí se forjó la lucha por la reforma universitaria, fue el núcleo y foco del pensamiento universitario libre, aquí germinó la primigenia idea del cogobierno universitario y sentó las bases de la autonomía universitaria, nuestra San Antonio es grande por sus logros en el conocimiento, la ciencia, la tecnología, el arte y la cultura, caminos trazados que nos legaron nuestros antepasados, sendas por las que tenemos que seguir caminando. Asumimos, la responsabilidad de conducir a esta prestigiosa Tricentenaria Casa de Estudios con el compromiso firme de lograr que nuestra universidad ocupe siempre el sitial bien merecido que ha ganado, queremos hacer de nuestra UNSAAC una institución moderna que rompa los paradigmas y sea aquella universidad de provincia gestora del desarrollo local, regional y nacional, que aporte a la humanidad conocimiento y cambios en todo nivel, por ello al iniciar esta gestión universitaria reafirmamos nuestro compromiso con esperanza de enrumbarnos por el cambio y el desarrollo, por ello invocamos a la comunidad universitaria a sumar esfuerzos y coadyuvar a esta nueva etapa de gestión universitaria que iniciamos.

Estamos atravesando tiempos difíciles, únicos en nuestra historia, la pandemia de la COVID-19, que enluta a nuestra comunidad universitaria; pero la fortaleza de los antonianos hará que salgamos de este mal que nos aqueja y acongoja por la partida nuestros seres queridos y amigos, no nos vencerá, saldremos adelante, y para por ello antoniano tenemos que estar unidos, porque la unión siempre hace la fuerza. Una vez más invoco a ser parte activa de los cambios que realizaremos en este quinquenio, nuestra Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco nos necesita y todos tenemos la obligación moral de engrandecer nuestra Casa de Estudios Superiores.

DRA.  PAULINA TACO LLAVE 

VICERRECTORA ACADÉMICA 

DR.  LEONCIO ROBERTO ACURIO CANAL 

VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN 

El Vice Rectorado Académico es el órgano jerárquicamente inmediato al Rector en la gestión y es responsable de la gestión académica de la UNSAAC.

FUNCIONES DEL VICE RECTORADO ACADÉMICO
  • Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar la política general de formación académica en la UNSAAC.
  • Supervisar las actividades académicas en todos los niveles con la finalidad de garantizar la calidad de las mismas.
  • Atender oportunamente la demanda por capacitación permanente del personal docente de la UNSAAC.
  • Establecer los lineamientos básicos de los planes curriculares de formación de pregrado y posgrado y supervisar su cumplimiento.
  • Coordinar y supervisar el proceso de admisión a la carrera docente de la UNSAAC.
  • Coordinar y supervisar el proceso de admisión de estudiantes a la UNSAAC en sus diversos niveles y modalidades.
  • Presentar al Consejo Universitario los instrumentos de planeamiento y gestión en materia académica para su aprobación.
  • Implementar el programa de inducción de la Ley Universitaria 30220 y el Nuevo Estatuto de la UNSAAC a todos los miembros de la comunidad universitaria y a los ingresantes de cada escuela profesional de manera permanente.
  • Incorporar y fortalecer programas académicos de carácter inclusivo para estudiantes provenientes de pueblos indígenas y originarios y poblaciones vulnerables.
  • Otras funciones que le delegue la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario, Rector o que le sean dadas por las normas sustantivas.
  • DR. ADOLFO ANTONIO SALOMA GONZALEZ DECANO (e) DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA Y ARTES PLÁSTICAS
  • DR. ZENÓN LATORRE VALDEIGLESIAS DECANO (e) DE LA FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
  • DR. JOSÉ BÉJAR QUISPE DECANO (e) DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
  • DRA. CLORINDA CAJIGAS CHACÓN DECANA (e) DE LA FACULTAD DE ENFERMERÍA
  • MGT. ALCIDES CASTILLO PEÑA DECANO (e) DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE PROCESOS
  • DR. OSCAR LADRÓN DE GUEVARA RODRÍGUEZ DECANO DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA Y ZOOTECNIA
  • DR. MANRIQUE BORDA PILINCO DECANO (e) DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO
  • MGT. WASHINGTON HILARIO GALIANO SÁNCHEZ DECANO (e) DE LA FACULTAD CIENCIAS BIOLÓGICAS
  • DR. JAIME ZARATE DALENZ DECANO (e) DE LA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS, FÍSICAS Y MATEMÁTICAS
  • DR. JORGE ESCOBAR MEDRANO DECANO (e) DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES
  • DRA. GLADYS GEORGINA CONCHA FLORES DECANA (e) DE LA FACULTAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL E IDIOMAS
  • DR. ESCOLÁSTICO ÁVILA COILA DECANO (e) DE LA FACULTAD DE ECONOMÍA
  • DRA. MARCELINA ARREDONDO HUAMAN DECANO (e) DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
  • M.Sc. JOSÉ FRANCISCO SERRANO FLORES DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL
  • DR. LAURO ENCISO RODAS DECANO (e) DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ELÉCTRICA, ELECTRÓNICA, INFORMÁTICA Y MECÁNICA
  • DR. SANTIAGO MÁXIMO SACO MÉNDEZ DECANO (e) DE LA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA
  • MGT. FÉLIX ALEJO LEÓN MIRANDA GASTAÑAGA DECANO (e) DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA GEOLÓGICA, MINAS Y METALÚRGICA
  • DR. NERIO GÓNGORA AMAUT DECANO (e) DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

Correo: eleazar.crucinta@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084238156 / 084222271

Correo: paulina.taco@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084228661 Anexo 1539

Correo: leoncio.acurio@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084222512 Anexo 1542

Correo: silvia.aguirre@unsaac.edu.pe

Teléfono: RPC : 987974556

Correo: maria.villagarcia@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084224891 Anexo 6502

Correo: alfredo.fernandez@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084224181 Anexo 6503 / RCP : 966425399

Cargo: Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto

Correo: mercedes.pinto@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1546 / RPC : 965381588

Cargo: Jefe de la Unidad Formuladora

Correo: lourdes.carreno@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1552 / RPC : 989415051

Cargo: Jefe(e) de Unidad de Planeamiento y Presupuesto

Correo: carmen.cruz@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1551 / RPC :987958957

Cargo: Jefe de la Unidad Modernizacion

Correo: judith.rojas@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1553 / RPC : 989415131

Cargo: Director de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales

Correo: enrique.saloma@unsaac.edu.pe

Teléfono: RPC : 989415175

Cargo: Jefe de la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional

Correo: julio.montejo@unsaac.edu.pe

Teléfono: RPC : 989415166

Cargo: Director de la Oficina de Tecnologías de la Información

Correo: dany.canihua@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1852 / RPC : 987955143

Cargo: Director(e) de la Unidad de Red de Comunicaciones UNSAAC

Correo: johann.mercado@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1000 / RPC : 965387539

Cargo: Director(e) de la Unidad de Centro de Cómputo

Correo: aguedo.huamani@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1506 / RPC : 966428214

Cargo: Jefe de la Unidad de Biblioteca

Correo: wellintong.villavicencio@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1008 / RPC: 966421582

Cargo: Jefe de la Unidad de Estadistica

Correo: carlos.huamanag@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1550 / RPC : 989414939

Cargo: Directora General de Administración

Correo: olga.morales@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo:1528 / RPC: 987958822

Cargo: Jefe(e) de la Unidad de Recursos Humanos

Correo: miriam.siancas@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1503 / RPC : 987596717

Cargo: Jefe del Área de Empleo

Correo: miriam.siancas@unsaac.edu.pe

Teléfono: 084232398 Anexo 1508 / RPC : 989414881

DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTE 

RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO- UNSAAC

El Rector es el personero y representante legal de la UNSAAC. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno Universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la Ley N° 30220 Ley Universitaria y del Estatuto.

Son funciones del Rector:

  • Presidir la Asamblea Universitaria, así como el Consejo Universitario y hacer cumplir sus acuerdos.
  • Dirigir las actividades académicas, investigación y gestión administrativa, económica y financiera de la Universidad a través de los Vicerrectorados correspondientes.
  • Presentar al Consejo Universitario los instrumentos de planeamiento y gestión institucional de la UNSAAC, dentro de los plazos establecidos por Ley.
  • Refrendar los diplomas de grados académicos y títulos profesionales, así como las distinciones honoríficas universitarias conferidas por el Consejo Universitario.
  • Expedir las resoluciones de carácter previsional del personal docente y administrativo de la UNSAAC.
  • Presentar ante la Asamblea Universitaria la Memoria Anual, el informe semestral de gestión de Rector y el informe de rendición de cuentas del presupuesto anual ejecutado.
  • Presentar los estados financieros y presupuestarios ante la Asamblea Universitaria y someter a su juicio.
  • Convocar a la Asamblea Universitaria y al Consejo Universitario a reuniones ordinarias y extraordinarias.

De acuerdo al Estatuto Universitario. EL cargo de Rector se ejerce a dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada. El Rector es elegido por lista única para un periodo de cinco (5) años, por votación universal, personal, obligatoria, directa y secreta.

REQUISITOS PARA SER ELEGIDO RECTOR :

  • Ser ciudadano en ejercicio.
  • Tener título profesional mediante la presentación de tesis.
  • Ser docente ordinario en la categoría de profesor principal en el Perú o su equivalente en el extranjero, con no menos de doce (12) años en la docencia universitaria; de los cuales, al menos, cinco (5), en la categoría de Profesor Principal en la UNSAAC.
  • Tener grado académico de Doctor, obtenido con estudios presenciales, y reconocido y registrado por la SUNEDU.
  • Habilitación profesional y ratificación vigente en su categoría.
  • No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.
  • No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.
  • No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la UNSAAC. Está integrado por:

  • El Rector, que lo preside.
  • Los Vicerrectores.
  • Un cuarto (1/4) del número total de decanos titulares, elegidos por y entre ellos en forma rotativa por un periodo anual.
  • El Director de la Escuela de Posgrado.
  • Los representantes de los estudiantes regulares que constituyen el tercio del número total de los miembros del Consejo.
  • Un representante de los graduados, con voz y voto.
  • El Secretario General de la UNSAAC, el Director General de Administración; y otros funcionarios o docentes convocados de acuerdo a la agenda a tratar con voz y sin voto.
  • Un representante por cada uno de los gremios de la UNSAAC, con voz y sin voto.

SON FUNCIONES DEL CONSEJO UNIVERSITARIO:

  • Garantizar y defender la autonomía universitaria e inviolabilidad de todos los recintos de la UNSAAC.
  • Aprobar a propuesta del Rector, los instrumentos de planeamiento y de gestión de la UNSAAC.
  • Sancionar el Reglamento de Organización y Funciones de la UNSAAC, el Reglamento de Elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento.
  • Aprobar el Presupuesto Institucional, el Plan Anual de Contrataciones (Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras).
  • Autorizar los actos y contratos que corresponden a la UNSAAC y resolver todo lo pertinente a su economía.
  • Proponer a la Asamblea Universitaria la creación, fusión, supresión o reorganización de unidades académicas e institutos de investigación.
  • Concordar y ratificar los planes de estudios y de trabajo propuestos por las unidades académicas de pre y posgrado, centros e institutos.
  • Nombrar al Director General de Administración y al Director de Planificación a partir de una terna de profesionales en administración, contabilidad y/o economía a propuesta del Rector.
  • Nombrar al Secretario General, a partir de una terna de profesionales en derecho a propuesta del Rector.
  • Nombrar, contratar, promover y rotar a los jefes de áreas y unidades o a los que hagan sus veces, a propuesta del jefe inmediato o su equivalente.
  • Nombrar, contratar y promover al personal administrativo, de conformidad a la normatividad vigente
  • Nombrar y contratar a los docentes de acuerdo a la Ley Universitaria N° 30220 Ley Universitaria a propuesta de las unidades académicas respectivas.
  • Ratificar, promover y separar a los docentes de acuerdo a los Artículos 84° y 88°, inciso 88.3 de la Ley Universitaria, a propuesta de las unidades académicas respectivas.
  • Conferir grados académicos y títulos profesionales aprobados por las Facultades y la Escuela de Posgrado.
  • Otorgar distinciones honorificas de acuerdo a su propio Reglamento.
  • Reconocer y revalidar los estudios, grados y títulos de universidades extranjeras, previa autorizada por las SUNEDU.
  • Aprobar las modalidades de ingreso e incorporación de estudiantes a la UNSAAC y determinar anualmente el número de vacantes para el proceso ordinario de admisión, en concordancia con el Presupuesto y el Plan de Desarrollo de la UNSAAC, a propuesta de las facultades, previo estudio de mercado.
  • Fijar las remuneraciones y todo concepto de ingresos de las autoridades y docentes de acuerdo a los Artículos 88° y 96° de la Ley Universitaria y a Ley.
  • Fijar las remuneraciones y todo concepto de ingresos de los trabajadores de acuerdo a Ley.
  • Ejercer, en instancia revisora, el poder disciplinario sobre los docentes, estudiantes y personal administrativo, en la forma y grado que lo determina el Estatuto y los reglamentos.
  • Celebrar convenios con universidades extranjeras, organismos gubernamentales, internacionales u otros sobre investigación científica y tecnológica, así como otros asuntos relacionados con las actividades de la UNSAAC.
  • Pronunciarse, en última instancia, sobre la vacancia de los Decanos, declarada por los Consejos de Facultad.
  • Conocer y resolver todos los demás asuntos que no estén encomendados a otras autoridades universitarias.
  • Aprobar y publicar el calendario del año académico, a propuesta del Vicerrectorado Académico.
  • Reconocer los centros y asociaciones de estudios.
  • Otras que señale el Estatuto, el Reglamento de Organización y Funciones y otros instrumentos de gestión de la UNSAAC. 
  • RESOLUCIÓN N° AU-001-2022-UNSAAC (14/01/2021) : Descargar
  • RESOLUCIÓN N° AU-002-2022-UNSAAC (28/01/2021) : Descargar

Relación de Integrantes de Asamblea Universitaria

AUTORIDADES 

DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTERECTOR
DRA. PAULINA TACO LLAVEVICERRECTORA ACADÉMICA
DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANALVICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN

DECANOS

DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTERECTOR
DRA. PAULINA TACO LLAVEVICERRECTORA ACADÉMICA
DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANALVICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN

ESCUELA DE POSGRADO 

DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTERECTOR
DRA. PAULINA TACO LLAVEVICERRECTORA ACADÉMICA
DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANALVICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN
DOCENTES PRINCIPALES (TITULARES 14)
DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTERECTOR
DRA. PAULINA TACO LLAVEVICERRECTORA ACADÉMICA
DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANALVICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN
DOCENTES PRINCIPALES (ACCESITARIOS 4)
DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTERECTOR
DRA. PAULINA TACO LLAVEVICERRECTORA ACADÉMICA
DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANALVICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN
ESTUDIANTES  ACCESITARIOS    (07)
DR. ELEAZAR CRUCINTA UGARTERECTOR
DRA. PAULINA TACO LLAVEVICERRECTORA ACADÉMICA
DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANALVICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN

Estatuto – UNSAAC (Elaborado por la Asamblea Estatutaria por mandato de ley N° 30220 Ley Universitaria) 19/08/15DescargarEstatuto de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco

La Universidad tiene autonomía institucional garantizada por la Constitución, sin injerencia para manifestar sus opiniones en defensa de la democracia garantizando la participación de los estudiantes, docentes y personal administrativo en el gobierno de las universidades.

Sobre estos presupuestos de autonomía y participación se apoyan las bases de la institución del Defensor Universitario en el marco del Estado de Derecho y bajo el imperio de la Constitución y las leyes  porque está en la esencia de la misma universidad.

La defensa de los derechos y libertades de los miembros de la Comunidad Universitaria es inherente a la confirmación que todo sistema institucional se integra racionalmente con un contra poder que pone límites al poder de quien gobierna dentro o fuera de la Universidad.

De ahí afirmamos que la existencia de una Defensoría Universitaria no solo se debe a  la protección de los Derechos Humanos de los miembros de la Comunidad Universitaria sino también, dada su autonomía y los fines particulares que persigue, es una verdadera conditio sine qua non para la propia vida universitaria.

La Universidad Peruana, con casi cinco siglos de ancestral trayectoria, tuvo entre sus propósitos no solamente  su propia  modernización institucional administrativa y académica; sino, y, ante todo,  acabar con la anarquía, con el deplorable rendimiento y la corrupción en la enseñanza y administración universitaria de nuestro país para cuyo intento se presentaron proyectos de ley desde hace veinte años atrás, los que no llegaron a concretarse legalmente. Solo, el 09 de julio de 2014 se cristalizó ese proyecto con la aprobación y  promulgación de la Ley No. 30220, Ley Universitaria, cuyos principios de calidad académica, meritocracia, tolerancia, inclusión, respeto por la dignidad humana y afirmación de la vida; formación de personas libres en una sociedad libre; ética pública y profesional y rechazo de toda forma de violencia, intolerancia y discriminación, devuelven el sentido  humano a la Universidad, sentido dejado de lado y ensombrecido por la vertiginosa competencia individual en busca de la prevalencia del poder y del prestigio a costa de arriar banderas de libertad y comportamiento dignos.

En el Perú, nuestra Universidad de San Antonio Abad del Cusco tendrá el reconocimiento histórico y especial por haberse elegido en su jurisdicción y con el voto universal,   a la primera Defensoría Universitaria  en toda la historia de la Universidad Peruana, el 04 de diciembre de 2015 en sujeción y acto de cumplimiento de la Ley No. 30220, Ley Universitaria cuyo artículo 133º  la crea como la “instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y de velar  por el mantenimiento del principio de autoridad responsable”

No tenemos duda que en este contexto la Autoridad Universitaria demostrará su adhesión a la Defensoría porque  entre sus propósitos está la de gobernar con transparencia y con la anhelada  dignidad  por la que la  Comunidad Universitaria la eligió.

Dra. Silvia Elena Aguirre Abarca

PARA CONTACTARSE CON LA DEFENSORÍA COMUNICARSE A LOS SIGUIENTES TELÉFONOS DE CONTACTO : 

  • 987974556
  • 989414719 

PLENO DE LA DEFENSORÍA UNIVERSITARIA

DEFENSORA UNIVERSITARIA:

  • Dra. Silvia Elena Aguirre Abarca

DOCENTES ACREDITADOS POR EL SINDICATO DE DOCENTES UNIVERSITARIOS:

  • Dra. ANGÉLICA ARROYO MORALES
  • Mgt. Ing. DARWIN URQUIZO DÍAZ

ESTUDIANTES ACREDITADOS POR LA GLORIOSA FEDERACIÓN UNIVERSITARIA CUSCO:

  • Estudiante JUAN CARLOS HUALLPAYUNCA BACA
  • Estudiante ANTHONI GONZALO PEREIRA FLOREZ
  1. La Defensoría Universitaria es un órgano autónomo e independiente de los órganos de gobierno de la UNSAAC.
  2. Se encarga de tutelar los derechos de los miembros de la comunidad universitaria.
  3. Vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable.
  4. Conoce denuncias y reclamaciones formuladas por los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de sus derechos individuales.
  5. Plantea mecanismos de solución a reclamaciones de cualquier miembro de la comunidad universitaria por vulneración de sus derechos mediante la debida aplicación de normas internas vigentes en concordancia con la constitución política del Perú y normas internacionales de derechos humanos.
  6. Emite recomendaciones y sugerencias a los responsables de los órganos de gobierno y demás instancias administrativas para prevenir vulneraciones, reservándose el derecho de trasladar las infracciones a las instancias correspondientes.
  7. Propone políticas y lineamientos para mejorar la defensa irrestricta de los derechos fundamentales de los miembros de la comunidad universitaria.
  8. Orienta acerca de procedimientos y vías correspondientes para canalizar quejas, denuncias o reclamaciones que no sean de su competencia.
  9. Garantiza la confidencialidad de las quejas, denuncias o reclamaciones.
  10. Solicita medios probatorios de denuncias interpuestas a autoridades, docentes, estudiantes o personal no docente.

Como toda entidad creada por primera vez, como lo es la  Defensoría Universitaria de la Universidad de San Antonio Abad del Cusco, se enfrenta con ciertas barreras originadas por desconocimiento de la naturaleza y funciones de tal órgano, especialmente. No hay que desconocer que a ello se suman  las actitudes personales que hacen que las decisiones que se toman en las altas esferas universitarias con respecto a un determinado asunto sean subjetivas, nada institucionales lo que acarrea el conflicto que genera atraso, rémora con sus consecuentes  y largos procesos de rectificación administrativa en perjuicio de la edificación de la calidad universitaria en tanto se admita la vulneración y reposición de derechos de acuerdo a ley.
La Defensoría Universitaria (DFU), novísima, como es, no ha sido ni es exenta de esta ilegal costumbre enraizada en nuestra universidad y difícil de extirpar.

Sin embargo, en nombre de la responsabilidad, viene cumpliendo las metas trazadas en su programación estratégica y anual, responsabilidad que no hubiera sido posible cumplir a no ser por el apoyo de los defensores acreditados y la gratuita colaboración de personas cuya sensibilidad social y constante apoyo a la Defensora han sido esenciales para sacar adelante el intenso trabajo de la Oficina
Debo comunicarles con beneplácito que la Defensoría Universitaria se ha, constituido e instituido legalmente y cumple sus funciones  bajo el mandato del Estatuto Universitario por el que la Defensoría Universitaria  actúa mediante la  debida aplicación de las normas internas vigentes en concordancia con la Constitución Política del Perú y Normas Internacionales de Derechos Humanos. Estas acciones son las siguientes:

  1. Constitución de la Defensoría Universitaria con miembros acreditados por el SINDUC y por la FUC.
  2. Constitución del Pleno de la Defensoría Universitaria de acuerdo a Ley.
  3. Formulación de su Reglamento Interno y Protocolo de Actuaciones
  4. Formulación del Plan Estratégico y Plan Operativo Anual
  5. Protección y defensa de los derechos universitarios de los estudiantes, docentes y personal administrativo que han acudido a las Oficinas de la
  6. Solución de problemas calificados como vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso.
  7. Solución de problemas calificados como vulneración de sus derechos fundamentales por indefensión sometidos en la modalidad de abuso de autoridad hacia docentes y estudiantes.
  8. Solución de problemas calificados como vulneración de sus derechos fundamentales por desconocimiento de funciones.
  9. Intervención Hospital Antonio Lorena para exigir el cumplimiento de la Ley del Médico en la modalidad del trabajo médico de los internos practicantes de Medicina Humana de la UNSAAC en el Hospital Antonio Lorena,
  10. Aplicación del acto de mediación en la solución de problemas causados por omisión y negligencia. Las soluciones son inmediatas.
  11. Apoyo de acompañamiento de respaldo moral a docentes en atención a casos jurisdiccionales.
  12. Apoyo legal a la familia de estudiante fallecido en la diligencia de Necropsia de Ley mediante la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia –Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
  13. Intermediación con Fiscalía de Prevención del Delito en toma de local por estudiantes en el mes de julio de 2016 para evitar intervención de fuerzas extrauniversitarias.
  14. Pronunciamiento e Invocación en caso de la lucha de docentes por sus derechos individuales en pos de la homologación.
  15. Investigación y seguimiento de problemas calificados como vulneración de sus derechos fundamentales en la modalidad de sometimiento bajo amenaza, y agresión física.
  16. Solución inmediata a procedimientos administrativos calificados como negligencia por atraso: constancias de matrícula, certificados de estudios, constancias de primera matrícula solicitadas por SUNEDU tanto de estudiantes como de docentes.
  17. Exigencia y cumplimiento de normas internas de la UNSAAC en favor de la protección física y salud de los miembros de la comunidad universitaria. Obligación de mantener libres las aceras y calzadas de la UNSAAC
  18. Recomendación a las instancias pertinentes para ajustarse a la normativa de reglamentación de reconocimiento de sobrecarga lectiva con la finalidad de reponer derechos vulnerados por resolución que deniega reconocerlos.
  19. Otros en fase de tramitación.